El análisis que hace María González en Genbeta es muy interesante, pero también creo que es, si no erróneo, precipitado. En primer lugar, cita la opinión de un experto que asegura que el titular no es un fragmento significativo del contenido, por lo cual enlazar sobre el titular de una noticia no estaría sujeto al canon por cita.
Lamentablemente, la torpeza a la hora de redactar la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual nos lleva a la inseguridad jurídica, que es uno de los extremos más criticados del texto. No sabemos lo que es un "fragmento no significativo". Podría ser que el reglamento de la LPI dejara el título de un texto libre de pago, pero en estos momentos eso no se ha explicitado en ningún sitio y pocas cosas parecen más significativas que un titular.
Hay titulares que dejan poco margen al resto de la noticia (vía 233 grados). |
Otra posible solución que aporta María es la de redactar de cero el texto que acompaña el enlace. Ahí sí que hay alguna posibilidad de esquivar el canon por cita, pero sinceramente dudo que el reglamento deje ese flanco descubierto. Leyendo la violencia con la que se expresan algunos representantes de AEDE con Menéame, que ya funciona en gran medida con textos propios, parece poco probable que vayan a dejar escapar el dinero que en su imaginación les va a proporcionar el agregador español.
En definitiva, la imprecisión de la redacción de la LPI podría parecer un coladero para escapar del pago del canon AEDE. Llamadme pesimista, pero parece más bien la forma de cubrir todos los flancos y exprimir al máximo un cobro que, recordémoslo una vez más, es irrenunciable para todos los que publicamos de forma periódica en Internet.
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